Sanidad concluye la creación del registro de objetores de aborto

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Sanidad concluye la creación del registro de objetores de aborto

El Ministerio de Sanidad ha dado por finalizada la creación del registro de objetores de aborto, un paso trascendental en la implementación de la Ley Orgánica de Salud Sexual y Reproductiva y de la Interrupción Voluntaria del Embarazo. Este registro permitirá a los profesionales de la salud que así lo deseen, manifestar su objeción de conciencia a la práctica del aborto, garantizando al mismo tiempo el acceso a este derecho a las mujeres que lo requieran. La creación de este registro supone un avance importante en la garantía de los derechos sexuales y reproductivos de las mujeres, y se espera que contribuya a reducir las barreras que enfrentan aquellas que buscan acceder a este servicio.

Sanidad activa registro de objetores de aborto en España

La Consejería de Sanidad ha dado un paso importante en la regulación de la objeción de conciencia para la práctica de aborto entre los profesionales sanitarios. En estos momentos, ya tiene listo el borrador del decreto que establece el registro de objetores de conciencia y lo ha sacado a información pública hasta el 7 de octubre.

Este registro se adapta a la última normativa nacional aprobada al respecto, que data de 2023. El procedimiento se dirige a aquellos profesionales que, por conciencia, no quieran realizar los «actos necesarios y directos, anteriores o simultáneos, sin los cuales no fuese posible llevar a cabo» la interrupción voluntaria del embarazo.

¿Quiénes son los objetores de aborto?

¿Quiénes son los objetores de aborto?

En especial, se dirige a los profesionales de medicina y enfermería, «sin perjuicio de la eventual afectación puntual de cualquier otra profesión sanitaria». Es importante destacar que la objeción de conciencia es un derecho individual. «Por lo tanto, no podrá ejercerse por una institución, un centro, un servicio o una unidad», advierten.

Características del registro

El registro abarca a todos los profesionales sanitarios, tanto en el ámbito público como privado. El decreto regula quién puede tener acceso a dicho registro, que tiene como finalidad que la Administración y los responsables de los centros sanitarios cuenten con dicha información.

Las personas responsables de los centros sanitarios públicos o privados podrán consultar el registro, pero el decreto también lo regula de tal forma que se garantice la confidencialidad y privacidad de los datos.

Qué pasa con los objetores actuales

Es importante que los objetores actuales sepan que su condición decaerá con la entrada en vigor del nuevo registro. Por lo tanto, tendrán que solicitar de nuevo su inclusión en el registro.

Con la activación de este registro, la Consejería de Sanidad busca garantizar el derecho a la objeción de conciencia de los profesionales sanitarios, al mismo tiempo que se asegura la disponibilidad de servicios de salud para las mujeres que lo necesitan.

Daniel Gómez

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