En un importante paso hacia la regulación del comercio informal en la ciudad, el Concejo Municipal ha aprobado la ordenanza de venta ambulante, que entrará en vigor el próximo martes en el ámbito de Urbanismo. Esta medida tiene como objetivo ordenar y regular la venta en la vía pública, garantizando la seguridad y el bienestar de los ciudadanos, así como la protección del patrimonio urbano. La nueva ordenanza establece normas claras y precisas para los vendedores ambulantes, que deberán cumplir con ciertos requisitos y condiciones para desarrollar su actividad. La entrada en vigor de esta ordenanza supone un avance significativo en la gestión del espacio público y la promoción de un desarrollo urbano sostenible.
La venta ambulante se regula: la ordenanza aprobada entrará en vigor el martes
Tras más de dos años de gestión y preparación, el próximo martes la comisión de Urbanismo aprobará la nueva ordenanza de venta ambulante en Toledo, permitiendo la venta de nuevos productos en los mercadillos semanales y ocasionales de la ciudad.
La ordenanza, que ha sido trabajada desde el año 2022, contempla la venta de productos frescos como frutas, verduras, cereales, legumbres, bollería, panadería, productos de herbolario, fiambres o especias, entre otros. Sin embargo, la venta de carnes o pescados seguirá sin estar autorizada.
Esta regulación responde a una demanda histórica de los consejos de participación ciudadana de la ciudad y levanta la prohibición sobre la venta de alimentos frescos en Toledo, que data de la década de los años ochenta.
Orígenes de la prohibición
La prohibición de la venta de alimentos frescos en Toledo se remonta a la polémica del «síndrome tóxico del aceite de colza» que afectó a toda España en la década de los años ochenta. La detección de anilina, una sustancia perjudicial para la salud, provocó que los controles sanitarios fueran mucho más estrictos en cuanto a esta comercialización.
Posteriormente, las diversas localidades fueron levantando esta prohibición, pero en Toledo aún no se había producido hasta ahora.
Homogeneización de los puestos de venta ambulante
La normativa también contempla la homogeneización de los puestos de venta ambulante, ya que la actual ordenanza de 1993 contempla hasta 20 tipos de dimensiones. La nueva ordenanza establece que los establecimientos móviles deberán medir entre 4 y 10 metros lineales y entre 2 y 4 de fondo en el caso del mercado del Casco, y entre 3 y 4 metros de fondo en el caso de los ubicados en el Polígono.
El Grupo Municipal Izquierda Unida-Podemos ha presentado una quincena de alegaciones al texto presentado, algunas de ellas relativas a la adjudicación de los puestos en los mercadillos o la autorización de la transmisión de la persona encargada de velar por el establecimiento, entre otras, pero todas han sido rechazadas.
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